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Podrán ser asociados de FONEDH:
- Los empleados y trabajadores de planta de la administración del Departamento del Huila y de sus entidades descentralizadas, Adscritas y/o vinculadas.
- Los empleados de las empresas que tengan relación con el Departamento del Huila, dada la participación en sus Juntas Directivas o Consejos de Administración, como: Universidad Surcolombiana, Corporación del Alto Magdalena CAM, Electrificadora del Huila.
- Los pensionados del Departamento del Huila y de sus entidades descentralizadas, siempre y cuando estén cubierto por la póliza de seguro de vida.
- El asociado que se retire de la entidad que genera el vínculo de asociación, en proceso de legalización de la pensión o pasando a disfrutar de su pensión de jubilación, vejez e invalidez.
- Los docentes y personal administrativo que asuman los municipios y al momento de su vinculación al FONEDH dependían de la Secretaria de Educación del Departamento del Huila, no pierden su calidad de asociados.
- Quienes se encontraren en la condición de asociado retirado de la empresa que le genero el vínculo como tal, al momento de la aprobación del presente estatuto no pierden su calidad de asociados.
- Los empleados de FONEDH, FUNDAFONEDH y las entidades constituidas para prestar servicios especializados a los asociados de FONEDH. Formato para Vinculación de Asociados Aquí.
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Requisitos para el Ingreso:
- Tener capacidad legal.
- Acreditar vinculación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo anterior. (Certificado laboral y ultimo desprendible de pago de nomina)
- Presentar solicitud por escrito ante la Junta Directiva, adjuntando prueba de los requisitos prescritos. ( Fotocopia de cedula de ciudadanía al 150%, Solicitud de vinculación diligencias y firmada)
- Ser aprobado su ingreso, haber cancelado la primera cuota periódica y encontrarse inscrito en el libro de registro de asociados.
Cumplir las disposiciones de ética, conducta y políticas generales de la entidad, cuya responsabilidad es de la Junta Directiva y Control Social.
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